La reforma que analiza el Senado en materia de corrupción sienta las bases para sancionar a los empresarios que incurran en ese tipo de delitos.
El proyecto de dictamen señala que la reforma dará lugar a la creación de una sola ley en materia de responsabilidades, aplicable en todo el País, con la que se homologarán las sanciones y los procedimientos en contra de los particulares que incurran en actos de corrupción.
Sanciones a empresas particulares, conforme a las prácticas y usos internacionales; por ejemplo, se multará y se cancelarán las cédulas profesionales a los particulares.
También se sancionará a directivos de las empresas para incentivarlos a controlar y supervisar al personal, se indica.
De acuerdo con los senadores, existen muchas empresas del sector privado que comercian indebidamente con el Estado mexicano.
Además, una de las principales recomendaciones que han realizado los especialistas al Senado, es contemplar castigos en contra de los particulares.
No sólo aplicar el régimen de sanciones a los servidores públicos, sino extenderlas a particulares, incluso en el grado de tentativa, por hechos de corrupción, señala.
Por su parte, Transparencia Mexicana advirtió al Senado que uno de los temas más importantes de la legislación internacional es la responsabilidad penal de las empresas.
La organización consideró que, en el caso de México, ya sea por tradición jurídica o por desatención, ninguna de las iniciativas que se estudian en la Cámara de Senadores contempla ese tema.
Es por ello que muchas investigaciones en los Estados Unidos tocan delitos cometidos en México y también la razón por la cual, en los últimos 15 años, el principal impulso a la legislación anticorrupción ha convertido a la regulación del sector privado en el tema más activo, señala.
En la exposición de motivos, los senadores reconocen que el Código Penal Federal sólo establece que una empresa puede resultar con responsabilidad, cuando su representante legal ha sido consignado por el delito.
Por otro lado, la legislación mexicana no contiene sanciones efectivas, proporcionales y disuasivas, relacionadas con el ámbito contable de las empresas, a pesar de que existen instrumentos internacionales que obligan a México a ponerlos en marcha.
De acuerdo con la OCDE, la legislación fiscal en México ni siquiera prohíbe, de manera explícita, la deducción de sobornos, como se establece en las recomendaciones que la organización internacional ha emitido.
FUENTE: REFORMA