Proponen facultar al IFAI para abrir las cuentas de sindicatos

  • Se subraya que “el procedimiento de acceso a la información de materia sindical es tedioso e infructuoso”.

El Poder Legislativo retomó el debate de poner freno a la opacidad histórica en los sindicatos del sector público e incluyó en el proyecto de dictamen otorgar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales la facultad de acceso a las cuentas de las organizaciones sindicales.

El último proyecto de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la Cámara de Diputados -que esta semana se presentará a las comisiones unidas de Transparencia y Reglamentos y Prácticas Parlamentarias- plantea en las modificaciones a la fracción primera del artículo sexto constitucional qué información es pública:

“Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.”

En la argumentación del dictamen subraya que en “el procedimiento de acceso a la información de materia sindical es, hasta el día de hoy, tedioso e infructuoso el trámite. Si esto no se enmienda la garantía de acceso en esta materia se vería acotada.

“Por eso es muy necesario que se inserte a los sindicatos como sujetos obligados, a fin de lograr consolidar la garantía de transparencia en todos los ámbitos y en todos los niveles de gobierno”.

EL FINANCIERO hizo una revisión del documento y encontró, entre otros argumentos, que “en el esquema que actualmente tiene el IFAI sería más que imposible poder solicitarle a los antes citados cualquier dato, pero uno de los puntos que más ha dañado a nuestro país es la corrupción derivada del manejo de los recursos del Estado”.

Por ello, indica que “si la pretensión primordial es la supervisión de ellos, es necesario insertar dentro del texto de nuestra Carta Magna una autoridad que tenga rango constitucional, con la finalidad de que ejerza funciones fundamentales para el Estado”.

Añade que “los sindicatos también son entes que deberán ser sujetos a rendir cuentas, si se toma en consideración que la naturaleza de los sindicatos es compleja, toda vez que constituyen una asociación de índole privada, que representan y defienden el interés de todos y cada uno de sus afiliados”.

El documento precisa que “en cuanto a instituciones de carácter social, los sindicatos poseen una esencia cuasipública, ya que tales organizaciones representan el interés general de un amplio sector de la población (trabajadores), siendo justamente esta última la función que reviste especial trascendencia en el ámbito público y político, y que justifica la supervisión del Estado”.

Los alcances

Con ello quedará claro en el nuevo marco legal que los entes obligados a la transparencia serán: poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, persona física o moral y sindicatos. También se subraya que “es una exigencia de la democracia que el funcionamiento, elección y conformación de los sindicatos operen bajo un nuevo mecanismo de un Estado social de derecho, para que éstos cumplan su fin último: garantizar los derechos e intereses de sus afiliados, sin que con ello pierdan y se transforme su naturaleza jurídico-privada”.

Destaca la reforma que “se agrega a los partidos políticos, como sujetos obligados del derecho de acceso a la información, como grupos autónomos de ciudadanos que tienen como fin hacer nominaciones de candidatos y contender en procesos electorales, con la expectativa de ganar posiciones públicas de poder en las estructuras del Estado y dirigir desde ellas las instituciones públicas”.